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Detalle trámite

Comunicación previa de cambio en la actividad

La Comunicación Previa de Cambio en la Actividad deberá presentarse en los casos de cambio de titularidad, dando lugar a la transferencia de responsabilidades de la anterior a la nueva persona titular y en los casos en que se produzca cualquier cambio relativo a las condiciones o a las características de la actividad o del establecimiento que no afecten la seguridad, salubridad o peligrosidad del establecimiento.

Si la actividad no cuenta con licencia, o no fue previamente comunicada al Ayuntamiento, asi como cuando con el traspaso del negocio se modifica la actividad o se llevan a cabo obras en el establecimiento, se deberán presentar las comunicaciones o solicitudes de licencia que sean preceptivas.

Preferentemente de forma telemática a través del botón "Iniciar trámite". Si la persona interesada no utiliza la vía telemática, podrá descargar el impreso o impresos desde esta página o acudir al registro del Ayuntamiento, donde le facilitarán el dicho impreso/s normalizado/s para presentar.

  • Comunicación Previa de Cambio en la Actividad.
  • En el caso de actuar en representación, copia de los documentos de identidad de la persona representante y la persona interesada, con la autorización escrita de esta última o copia de poder para actuar en representación.
  • Copia de licencia de apertura o comunicación previa de inicio de la actividad.
  • Justificante de estar dado de alta en la Administración de Hacienda en el epígrafe o epígrafes correspondientes a las actividades o servicios objeto de declaración.
  • Justificante de pago de tasas según la/s ordenanza/s vigente/s.

    En el caso de traspaso:

  • Copia del documento justificativo del cambio de titularidad (escritura de propiedad, contrato de alquiler, etc.)
  • Copia de la constitución de la sociedad si la hubiera.

Nombre: Comunicación Previa de Cambio en la Actividad.

Unidad tramitadora: Urbanismo.

Inicio del procedimiento: A instancia de parte.

Tipo de interesado: Persona física o jurídica.

Tasas/Impuestos: Consultar ordenanzas fiscales del apartado de normativa.

Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite).

                                      Presencial.