El canal antifraude permite a cualquier persona empleada pública o ciudadano/a poner en conocimiento del Comité Antifraude del organismo hechos que puedan ser constitutivos de fraude o irregularidad en relación con proyectos u operaciones financiados con cargo a fondos procedentes de la Unión Europea.
Los aspectos fundamentales del citado canal de comunicación se encuentran regulados en el Plan General de Prevención de Riesgos de Gestión y Medidas Antifraude aprobado al efecto.
De forma telemática a través del botón “Iniciar trámite”.
Nombre: Canal de denuncias antifraude.
Inicio del procedimiento: A instancia de parte.
Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite).